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Hasta cuándo se podrán comprar pasajes de avión sin el aumento de la tasa aeronáutica

7 - enero - 2023

Por medio del Boletín Oficial publicado ayer viernes, bajo la Resolución 3/2022, el Ministerio de Seguridad decretó el aumento en la tasa de seguridad de la aviación.

Dicho incremento será efectivo a partir del lunes 9 de enero e impactará en los precios de los pasajes de cabotaje e internacionales. 

La tasa deberá ser abonada por los pasajeros que «embarquen en vuelos internacionales, regionales y/o de cabotaje, de aeropuertos o aeródromos pertenecientes al Sistema Nacional de Aeropuertos, a bordo de una aeronave comercial o no comercial, ya sea en vuelo regular, no regular o privado«, según el texto oficial.

De esta manera, desde el lunes 9 de enero esa tasa -aprobada en el Presupuesto Nacional de este año- «resultará de aplicación para los pasajes emitidos» desde esa fecha, según lo dispuesto.

👉Los valores de la tasa de seguridad, según la categoría de vuelo

-Vuelos internacionales y regionales: US$1,40 por cada pasajero.

– Vuelos de cabotaje: $260 por cada pasajero.

Quedan exentos de pagarla:

— Niños: menores de 3 años en el caso de los vuelos de cabotaje y menores de 2 años para vuelos internacionales o vuelos regionales.

— Diplomáticos.

— Pasajeros en tránsito: aquel pasajero que arriba al aeropuerto, hace escala y continúa el viaje en el mismo vuelo.

Este concepto no incluye al «pasajero en transferencia» que es aquel que habiendo arribado al aeropuerto continúa su viaje en un vuelo distinto.

— Pasajeros que embarquen en aeronaves de matrículas públicas, nacionales o provinciales como las militares, sanitarias, policiales, aduaneras, en cumplimiento de su misión específica o en aeronaves sanitarias.

🤔 Qué es la tasa de seguridad

La tasa de seguridad de la aviación se creó a través de la Ley 27.701 y corresponde al servicio público de seguridad de la aviación civil contra actos de «interferencia ilícita», que presta la Policía de Seguridad Aeroportuaria en los aeropuertos y aeródromos que integran el Sistema Nacional de Aeropuertos.

Chubut: Salud recomienda aplicar la dosis de refuerzo de COVID-19 en niños, niñas y adolescentes

7 - enero - 2023

El Gobierno del Chubut, a través del Ministerio de Salud, convoca a las familias de la provincia a vacunar a niñas, niñas y adolescentes con dosis de refuerzo contra el COVID-19.

La convocatoria se realiza en correlación con lo definido en el Consejo Federal de Salud (COFESA), llevado a cabo el pasado jueves, y del que participaron de manera virtual, la ministra de Salud, Miryám Monasterolo y la directora provincial de Patologías Prevalentes y Epidemiología, Mariela Brito, junto a ministros de todas las jurisdicciones del país.

En ese marco, las autoridades presentes acordaron iniciar la aplicación del primer refuerzo de la vacuna contra COVID-19 en niñas y niños de entre 6 meses a 2 años, 11 meses y 29 días, y del segundo refuerzo para las franjas etarias de 3 a 11 años y de 12 a 17 años.

Insumo distribuido en Chubut

En tal sentido, la directora provincial de Patologías Prevalentes y Epidemiología, Mariela Brito, explica que “este avance en la inmunización contra el COVID-19, entra en vigencia en todo el país el 9 de enero, con lo que convocamos a la población de Chubut a asistir a los vacunatorios ya que el insumo se encuentra distribuido en los mismos, siendo la vacunación la principal estrategia de prevención en el contexto de circulación activa del virus en la comunidad”

Por eso, Brito resalta que “es muy importante que todos reforcemos la vacunación para prolongar la durabilidad de los anticuerpos, para obtener una mejor respuesta inmune, si bien el impacto de las internaciones es muy bajo por COVID-19 en estas semanas, estamos visualizando internaciones de casos pediátricos, y la situación que atraviesa el hemisferio norte con activa circulación de COVID-19 e Influenza deben alertarnos para fortalecer nuestros esquemas de vacunación», afirmó Brito.

Consenso alcanzado

Por otro lado, en el marco del Consejo Federal de Salud, se explica que  “el consenso alcanzado parte de la recomendación emitida por la Comisión Nacional de Inmunizaciones (CoNaIn), que tras analizar la situación epidemiológica actual respecto a COVID-19 y las estrategias de aplicación de refuerzos que llevaron adelante distintos países en el mundo, enfatizó en la necesidad de avanzar en el refuerzo de vacunación en la población pediátrica y en adolescentes.

Además, los expertos destacaron la importancia de completar los esquemas de vacunación primario contra esta enfermedad, principalmente en el grupo de entre 6 meses y 3 años de edad.

La protección desciende luego de 4 meses

También, se señaló que “que las vacunas son seguras y efectivas para prevenir la hospitalización, las complicaciones y la muerte” y se advirtió que “la efectividad de protección contra la infección desciende entre los tres y cuatro meses después de aplicada la última dosis”, por lo cual se convocó fuertemente a “incentivar la vacunación del primer refuerzo en quienes hayan completado hace 120 días o más, el esquema inicial”.

El 2023 llega con aumentos en las tarifas de telefonía, internet y TV por cable

2 - enero - 2023

El Gobierno Nacional autorizó dos aumentos – del 9,8% y 7,8% –  en la telefonía fija y móvil, internet y televisión por cable y satelital que las empresas prestadoras de estos servicios podrán aplicar en el primer cuatrimestre de 2023.

A través de la Resolución 2393/2022, publicada el jueves 29 de diciembre en el Boletín Oficial, el Directorio del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), estableció que “las Licenciatarias de Servicios de Comunicaciones Móviles (SCM) podrán aplicar a partir del 1 de febrero de 2023, un incremento en el valor de los precios minoristas de cualquiera de sus planes en la modalidad pospaga y/o mixta, en un porcentaje de hasta un 9,80%; tomando como referencia sus precios vigentes al 31 de enero de 2023″.

En tanto, a partir del 1 de abril las prestadoras podrán aplicar otro incremento, pero de hasta el 7,80% “sobre los mismos precios, tomando como referencia los valores actualizados y de conformidad con los términos del párrafo anterior”.

Con respecto a los aumentos que el ENACOM autorizó a partir de febrero, se precisaron “los valores máximos” para los precios de Servicios de Comunicaciones Móviles (SCM) en la modalidad prepaga pura:

  • Recarga de 50 MB de datos móviles por día: $43,40 con impuestos incluidos.
  • Segundo de voz: $0,66, con impuestos incluidos.
  • SMS: $8,70, con impuestos incluidos.

Mientras que a partir de abril, los valores máximos permitidos serán los siguientes:

  • Recarga de 50 MB de datos móviles por día: $46,80 con impuestos incluidos.
  • Segundo de voz: $0,72, con impuestos incluidos.
  • SMS: $9,40, con impuestos incluidos.

Los mismos incrementos rigen para las Licenciatarias de Servicios de Valor Agregado de Acceso a Internet (SVA-I), de Servicios de Telefonía Fija (STF), de Servicios de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico o radioeléctrico (SRSVFR) y las Licenciatarias de Servicios de Comunicación Audiovisual de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo satelital (DTH); que “podrán incrementar el valor de todos sus precios minoristas en un porcentaje de hasta 9,80%, a partir del 1 de febrero de 2023; tomando como referencia sus precios vigentes al 31 de enero de 2023″.

FUENTE: ADN SUR.

La Justicia confirmó la condena a un integrante del Ejército por abuso sexual a una soldada

2 - enero - 2023

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por Mariano Hernán Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos, confirmó por unanimidad la condena a tres años de prisión de ejecución en suspenso impuesta al cabo primero Sergio Alejandro González, según informó hoy el sitio fiscales.gob.ar.

Con esta decisión, los camaristas confirmaron la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Rosa que, en agosto pasado, condenó al hombre como autor del delito de abuso sexual simple cometido, en el año 2018, en perjuicio de una soldada voluntaria del Comando de la Brigada Mecanizada N°10 del Ejército Argentino de esa ciudad pampeana.

En el debate intervino la responsable de la Fiscalía General ante el TOF de Santa Rosa, Iara Silvestre.

El hecho ocurrió el 3 de enero de 2018 cuando la víctima que se encontraba de servicio efectivo de la guardia pasiva regresaba del baño al alojamiento C de la sección femenina y González, superior jerárquico de ella, estaba como conductor de turno.

Tras lo ocurrido, la mujer denunció el hecho ante el jefe de la Delegación Santa Rosa de la Policía Federal y declaró el abuso que había sufrido ese día en horas de la madrugada y en diciembre de ese año fue desvinculada del Ejército a causa de una lesión de tobillo que le impidió pasar una prueba física.

En esta confirmación de sentencia los camaristas entendieron que se trató de un caso en el que “se acreditó la violencia de género e institucional sufrida por la víctima, y no advirtieron arbitrariedad alguna en el razonamiento efectuado en la sentencia dictada en primera instancia”.

En este sentido, el tribunal revisor tuvo en cuenta la prueba producida en el debate, en particular los testimonios, los sumarios administrativos y demás elementos recabados, y aseguró que pudo establecerse “con certeza” la responsabilidad que le cupo al encausado en la maniobra investigada.

“Del análisis de los contundentes relatos efectuados por la víctima, así como de las coherentes y detalladas declaraciones de los familiares, compañeros y superiores jerárquicos de la víctima, sumado a su estudio psicológico, y lo extraído del sumario administrativo por el que González resultó sancionado, surge con toda claridad acreditada la comisión del abuso sexual objeto de investigación”, señaló el fallo.

En esa línea, los camaristas aseguraron que “no existe razón para dudar de los dichos de la víctima, los cuales constituían una prueba trascendental” y destacaron que el Tribunal Oral efectuó “una correcta valoración del material probatorio de acuerdo a los parámetros requeridos en este tipo de conflictos que involucran agresiones por motivos de género, donde se atenta específicamente contra la integridad y/o la autodeterminación de una víctima”.

“La especificidad de estos fenómenos delictivos implica que los mismos no deben ser abordados como cualquier otro delito, dado que poseen sus propias particularidades”, añadieron.

Luego, señalaron que la conducta de González tuvo un “propósito libidinoso” ya que se trató de “satisfacer un impulso erótico”. En ese sentido, indicaron que el acusado “aprovechó la situación de superioridad jerárquica” sobre la víctima y el hecho de que no había otras personas en el lugar. Todo esto, al mismo tiempo que la mujer manifestaba su oposición de diferentes formas.

“La integridad sexual debe ser entendida como la libertad sexual del individuo, su dignidad como persona y su autodeterminación en la vida sexual en libertad, derecho que se ataca, en relación al caso en estudio, cuando se incide en la intimidad sexual de la persona que no pudo consentir la acción”, resaltaron los jueces del tribunal revisor.

Asimismo, subrayaron que el hecho investigado tuvo efectos y consecuencias negativas concretas sobre la víctima ya que “turbó su sueño de continuar su carrera en el ejército argentino, en donde se desempeñaba con un trabajo estable que le permitía solventar, también, las necesidades de su hija”.

Por otro lado, destacaron que en la sentencia recurrida se efectuó un análisis “bajo una adecuada mirada respetuosa de la perspectiva de género” ya que los hechos padecidos por la víctima fueron considerados “como constitutivo de violencia de género en los términos de la ley 26.485, denominada ‘Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales’”.

Por último, resaltaron que la solución adoptada es consecuencia de la interpretación armónica de la normativa vigente desde la Constitución Nacional, y es la que se corresponde con el adecuado compromiso asumido por nuestro país en pos de prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.

“En virtud de lo evidenciado en el caso, es imperativo que se erradique la perpetuación de prácticas machistas y de violencia contra la mujer enquistadas en aquellos ámbitos dependientes del Estado Nacional, cómo lo es el Ejército Argentino”, concluyeron.

FUENTE: DIARIO EL CHUBUT.

Aquellos que no cuentan con los aportes completos ya no pueden acceder a una jubilación

2 - enero - 2023

Como el Congreso aún no aprobó el Plan de Pago de Deuda Previsional, desde este mes no se puede acceder a un haber jubilatorio sin 30 años de aportes.

El proyecto legislativo, que impulsa la ANSeS, no obtuvo quórum en la Cámara de Diputados en la sesión que estaba prevista para la semana pasada; en consecuencia, el Gobierno incluyó esa iniciativa en las extraordinarias, previstas para la segunda quincena de este mes.

El 31 de diciembre venció el plazo poder jubilarse sin contar con los 30 años necesarios para acceder al haber previsional y, en consecuencia, desde el 1° de enero 9 de cada 10 mujeres y 7 de cada 10 varones próximos a cumplir la edad jubilatoria no cuentan con ese beneficio.

El nuevo Plan permite la regularización de los períodos faltantes de aportes hasta diciembre de 2008, que según estimaciones de la ANSeS, permitiría incluir en el sistema alrededor de 800.000 personas en edad jubilatoria en los próximos dos años, de las cuales el 60% son mujeres.

El proyecto tiene media sanción del Senado desde el 30 de junio, pero no fue tratado en Diputados por falta de quórum. Hasta tanto no se sancione el Plan de Pago, las mujeres deben esperar hasta los 65 años para acceder a la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), que equivale al 80% del salario mínimo, unos $40.000.

Por su parte, los varones de 65 años o más también pueden tramitar la PUAM, que no toma en cuenta los años aportados y tampoco permite recibir una pensión por muerte del cónyuge.

En tanto, sigue vigente la moratoria creada por la Ley 24.476, que contempla que los períodos de trabajo a regularizar deben estar comprendidos entre enero de 1955 y septiembre de 1993.

De aprobarse en extraordinarias, el Plan de Pago de Deuda Previsional regiría por dos años y permitiría saldar la deuda de aportes en hasta 120 cuotas, que se descontarían de manera directa del haber jubilatorio que le corresponda. También permitiría a quienes estén a menos de diez años de cumplir la edad jubilatoria y saben que no alcanzarán los 30 años
de aportes, ir adelantando el pago.

De los 5 millones de jubilados del sistema nacional, alrededor de 3,3 millones (66& del total) lograron acceder a su haber previsional a través de moratorias. Por el elevado nivel de informalidad de la economía, solo un 20% de la población llega a la edad jubilatoria con los 30 años de aportes completos, según estadísticas oficiales.

FUENTE: DIARIO EL CHUBUT.

 

Senasa incorpora desde hoy modalidad de código QR a los medios de pago habilitados para prestaciones

2 - enero - 2023

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) incorpora a partir de hoy a los medios de pago ya habilitados la modalidad de Código QR, con el objetivo de simplificar la gestión de los usuarios externos.

«De esta manera el Senasa continúa facilitando, agilizando y transparentando la operatividad de los trámites que deben realizar los usuarios, poniendo a disposición esta nueva forma de pago electrónico», indicó el organismo en un comunicado.

El código que permite realizar el pago a través de cualquier App bancaria o billetera electrónica virtual se incorporará a partir de hoy en la Boleta de Pago que emite el Sistema Integrado de Gestión de Administración (Sigad).

Asimismo, el Código QR se encuentra ubicado en el margen superior derecho de la boleta Sigad, el que una vez seleccionada la billetera virtual, se podrá escanear para realizar el pago, que se informa automáticamente al sistema.

«Contar este nuevo medio de pago ayudará a simplificar la gestión de los usuarios externos frente al pago de las distintas tasas y aranceles establecidos mediante la normativa arancelaria vigente», concluyó el texto.

FUENTE: DIARIO EL CHUBUT.

Sosa Báez: Trasladaron a los ocho rugbiers al penal de Dolores

2 - enero - 2023

Cerca de las 8 de la mañana de ayer domingo, un móvil del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) trasladó a Máximo Thomsen (23), Enzo Comelli (22), Matías Benicelli (23), Blas Cinalli (21), Ayrton Viollaz (23), y Luciano (21), Ciro (22) y Lucas Pertossi (23) desde la Alcaidía 3 del penal bonaerense de Melchor Romero hacia la Unidad 6 de Dolores, donde estuvieron detenidos entre el 29 de enero y el 13 de marzo de 2020,

Según detallaron las fuentes, los ocho rugbiers quedarán alojados allí -en celdas de dos personas- para mañana a primera hora ser trasladados al Palacio de Tribunales de Dolores, ubicado en la calle Belgrano 141 de esa ciudad.

Allí, en la sala de audiencias de la Cámara de Apelaciones, la misma en la que casi 23 años atrás se realizó el debate oral por el crimen del reportero gráfico José Luis Cabezas, serán juzgados por el Tribunal en lo Criminal (TOC) 1 de Dolores por el delito de «homicidio doblemente agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas», en perjuicio de Báez Sosa (18) y las lesiones sufridas por cinco de sus amigos durante el ataque.

En tanto, está previsto que los padres de Fernando, Silvino Báez y María Graciela Sosa, lleguen esta tarde a Dolores.

Las audiencias se desarrollarán desde las 9 a lo largo de 22 jornadas, aunque el cronograma podría modificarse a partir del número final de testigos que declaren, sobre una lista original de 177, algunos de los cuales ya fueron desistidos por las partes.

El tribunal estará integrado por los jueces María Claudia Castro, Christian Rabaia y Emiliano Lázzari, mientras que los fiscales Juan Manuel Dávila y Gustavo García intervendrán por parte del Ministerio Público.

A su vez, los abogados Fernando Burlando y Fabián Améndola encabezarán la representación de los padres de la víctima en calidad de particular damnificado, mientras que la defensa de los imputados estará a cargo de Hugo Tomei.

Según fuentes cercanas a la defensa, los ocho imputados seguirán de manera presencial cada audiencia.

En la jornada inicial presentarán su acusación los fiscales y la querella, mientras que luego planteará sus lineamientos Tomei, defensor particular desde el comienzo de la causa.

Finalizadas las intervenciones de las partes, declararán como testigos en la primera jornada únicamente Graciela Sosa Osorio y Silvino Báez, padres de Fernando.

Fuentes cercanas a la causa indicaron a Télam que la intención de la defensa es que los imputados no brinden declaración en el arranque del juicio, y la posibilidad de que lo hagan luego será evaluada una vez agotada la lista de testigos.

La última jornada de testimonios coincidirá con el tercer aniversario del crimen, e incluirá las declaraciones del padre de Benicelli y el de Luciano y Ciro Pertossi, y de las madres de Lucas Pertossi, Comelli y Viollaz.

Además, declararán un joven de Zárate que había denunciado semanas antes a uno de los acusados por otra agresión, un amigo de los imputados que fue señalado por la querella como el «sospechoso número 11», y cerrarán los testimonios Juan Pedro Guarino y Alejo Milanesi, imputados y detenidos en el inicio de la causa y sobreseídos al momento de la elevación a juicio.

FUENTE: DIARIO JORNADA.

Chubut: Realizan un censo de residuos costeros

29 - diciembre - 2022

El Gobierno provincial, a través del Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable y en el marco del Programa Provincial de Censo y Limpieza Costera, inició las actividades de la temporada 2022/2023 correspondientes a la unidad costera Rawson.

Durante el mes de diciembre, las intervenciones se realizaron en Playa Canto, Bajo los Huesos, El Sombrerito, Playa Galesa, Santa Isabel, Las Canteras e Isla Escondida.

Cabe recordar que uno de los objetivos principales del Programa de Censo y Limpieza Costera, es obtener información de base respecto al impacto en materia de residuos que se produce en las costas y la procedencia de los mismos a fin de definir políticas públicas acordes a la solución de la problemática.

Datos obtenidos en diciembre

Respecto a la presencia de residuos en la costa, siguen siendo predominantes los propios de la actividad pesquera, en tanto que se registra una disminución de los provenientes de la corriente sólidos urbanos, a pesar de que las playas incluidas en esta unidad costera son las más elegidas por los visitantes de la zona, para actividades recreativas y deportivas.

En Playa Canto, se recolectaron tanto residuos de la pesca tales como anzuelos, tanzas, sogas como latas de cerveza y botellas de plástico, entre otros.

En Bajo de los Huesos pudo observarse una gran cantidad de residuos provenientes de ambas corrientes, predominando una importante cantidad de cajones de la pesca rotos. También pudo detectarse una gran presencia de residuos en la vegetación autóctona, con el consiguiente impacto visual y ambiental que generan.

Finalmente, en El Sombrerito se detectaron en su mayoría residuos sólidos urbanos, mientras que en Playa Galesa y Santa Isabel se contabilizaron mayoría de residuos de la actividad pesquera industrial.

El Gobierno autorizó dos aumentos en telefonía, internet y televisión para el primer cuatrimestre de 2023

29 - diciembre - 2022

El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) autorizó a las empresas prestadoras de servicios a aplicar aumentos de hasta 9,80% en febrero y de hasta 7,80% para el mes de abril en los servicios de telefonía, internet y televisión.

Mediante la resolución 2393/2022 publicada hoy en el Boletín Oficial, el Enacom estableció que las licenciatarias podrán aplicar a partir del 1° de febrero del año próximo un incremento en el valor de los precios minoristas de cualquiera de sus planes en las modalidades pospagas y mixtas de hasta 9,80%, y una nueva suba a partir del 1° de abril de hasta 7,80%.

Para los aumentos se tuvieron en cuenta “el contexto económico” y las “dificultades que se atraviesan para todos los actores involucrados, prestadoras y público usuario”, según se señala en los considerandos de la resolución.

La actualización se fundamenta en función de “los mayores costos y el impacto de las oscilaciones de las principales variables económicas en la operatoria de las licenciatarias”, como, por ejemplo, los costos de personal, de conectividad y de programación; y las inversiones de infraestructura en moneda extranjera.

Del mismo modo, se tuvo en cuenta “la evolución de distintos índices que permiten demostrar la capacidad adquisitiva de un universo amplio de usuarios y usuarias que posee menores recursos con relación a otros”.

Previamente para octubre pasado y para este mes de diciembre, el ente regulador autorizó aumentos de hasta 19,8% y de hasta 9,8%, respectivamente, que se sumaron a otros dos incrementos de 9,5% que fueron aplicados en las facturas desde el 1° de mayo y el 1° de julio, respectivamente.

La normativa indicó que cualquier incremento aplicado por las Licenciatarias de Servicios de TIC o DTH (TV Satelital) que supere dichos topes deberá ser reintegrado a sus usuarios en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago.

En el caso de que el usuario elija no abonar su factura con incrementos superiores a los autorizados, las prestadoras no podrán suspender el servicio ni computar mora sobre esas facturas.

Por otra parte, las modificaciones que las empresas realicen sobre sus planes, precios y condiciones comerciales a partir de esta autorización para incrementar los precios, deberán ser comunicadas a Enacom al momento de su aplicación.

La aplicación de aumentos sólo se permitirá a los prestadores que hayan cumplido, hasta el momento, con la reglamentación sobre precios minoristas dispuesta anteriormente.

Para la modalidad prepaga, se establecieron a partir del 1° de febrero valores máximos para la recarga de 50 megabits (MB) de datos móviles por día de $ 43,40 (anteriormente $ 39,50); segundo de voz $ 0,66 ($ 0,60) y mensajes de texto (SMS) $ 8,70 ($ 7,90); en todos los casos con impuestos incluidos.

A partir del 1° de abril la recarga de 50 MB podrá cobrarse $ 46,80; el segundo de voz $ 0,72 y SMS $ 9,40.

Los topes de aumentos aplican mayormente para pymes, cooperativas y empresas menores, ya que algunas de las grandes firmas, como es el caso de Telecom, recurrieron a amparos y medidas cautelares para no cumplir con los mismos pudiendo así incrementar sus facturas por encima de estos límites.