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La construcción vuelve a terreno negativo y casi el 90% de las empresas no esperan una mejora cercana

9 - septiembre - 2025

La actividad registró una nueva caída mensual en julio, según el INDEC.

El nivel de actividad de la construcción cayó 1,8% mensual en julio, volviendo a terreno negativo tras el alza de junio, y casi el 90% de las empresas no esperan una mejora cercana en los próximos meses.

Los datos que se desprende del indicador sintético de la actividad de la construcción (ISAC) que elabora el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) volvió a reflejar la dificultad del sector para consolidar un sendero de recuperación y crecimiento, indicando que el índice serie tendencia-ciclo tuvo una variación negativa de 1,2% respecto en julio.

A nivel interanual, la construcción tuvo una suba del 1,4% en el séptimo mes del año por lo que el acumulado del 2025 el índice serie original presenta un aumento de 9,2% respecto a igual período de 2024.

En cuanto a los puestos de trabajo registrados en la actividad dentro del sector privado, el indicador registró una suba de 4,8% con respecto al mismo mes del año anterior pero en el acumulado enero-junio de 2025 presentó una baja de 0,9% con respecto al mismo período del año anterior.

El análisis también evaluó el comportamiento del consumo aparente de los insumos para la construcción, arrojando realidades dispares durante julio. En la comparación interanual se dieron subas de 36,1% en mosaicos graníticos y calcáreos; 31,8% en artículos sanitarios de cerámica; 31,7% en asfalto; 19,2% en hormigón elaborado; 9,8% en hierro redondo y aceros para la construcción; 9,0% en pisos y revestimientos cerámicos; y 3,5% en pinturas para construcción.

En contraposición aparecen caídas de 9,4% en cales; 9,3% en ladrillos huecos; 7,5% en el resto de los insumos (incluye grifería, tubos de acero sin costura y vidrio para construcción); 7,3% en yeso; 2,8% en cemento portland; y 1,1% en placas de yeso.

Con estos datos, las grandes empresas del sector que participan de la encuesta que lleva a cabo el INDEC manifestaron en su mayoría expectativas desfavorables con respecto al nivel de actividad esperado para el período agosto-octubre de 2025.

En este sentido, el 68,0% de las empresas que realizan principalmente obras privadas prevé que el nivel de actividad del sector no cambiará durante los próximos tres meses, mientras que 21,4% estima que disminuirá y 10,6%, que aumentará. Entre las empresas dedicadas fundamentalmente a la obra pública, el 62,6% opina que el nivel de actividad no cambiará en dicho lapso, mientras que 22,2% cree que disminuirá y 15,2%, que aumentará.

Las empresas que realizan principalmente obras privadas y que prevén que la actividad del sector aumentará en los próximos tres meses, indican como principales causas el crecimiento de la actividad económica (33,3%) y la estabilidad de los precios (24,2%). Como principales causas de las previsiones negativas aparecen la caída de la actividad económica (31,8%) y los altos costos de la construcción (18,2%).

Con respecto al tipo de obras que se realizarán en los próximos tres meses, las empresas que se dedican principalmente a las obras privadas repartieron su respuesta de la siguiente manera: montajes industriales, 16,8%; edificios industriales, 13,8%; edificios comerciales, 13,6%; otras obras de arquitectura, 12,9%; y otros, 11,8%; entre otras.

Por su parte, las empresas que se dedican fundamentalmente a obras públicas respondieron principalmente: obras viales y de pavimentación, 21,8%; otras obras de arquitectura, 14,5%; distribución de agua y cloacas, 11,0%; edificios educacionales, 10,1%; y viviendas, 9,1%; entre otras.

Con relación a la variación estimada para los próximos tres meses de la cantidad de personal ocupado, permanente y contratado, entre las empresas que se dedican principalmente a obras privadas, 72,9% prevé que no habrá cambios, 18,4% estima una disminución y 8,7%, un aumento. En el caso de los empresarios que trabajan con obras públicas, 70,4% cree que no habrá cambios, 18,4% estima que disminuirá y el 11,2% restante opina que aumentará.

A la hora de identificar las políticas que incentivarían al sector, las empresas que realizan principalmente obras privadas señalan las políticas destinadas a las cargas fiscales (26,2%) y las destinadas al mercado laboral (22,1%), entre otras. Los empresarios de la construcción que realizan principalmente obras públicas se inclinan por políticas destinadas a las cargas fiscales (22,5%) y las destinadas a los créditos de la construcción (22,1%), entre otras. 

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Más del 80% de las transacciones bancarias son digitales y se intensifica la verificación de los usuarios

8 - septiembre - 2025

Los bancos que logren integrar seguridad y experiencia sin fricciones serán los que consoliden la confianza de sus clientes en el largo plazo.

Con más del 80% de las transacciones bancarias realizadas por canales digitales, según la Asociación de Bancos de la Argentina (ABA), el principal desafío del sector financiero es garantizar operaciones rápidas y ágiles.

Aunque hay denuncias por estafas virtuales, las cuales alcanzaron un récord en Argentina en 2024, con más de 34 mil reportes de delitos informáticos, lo que representó un aumento del 21,1% respecto de 2023, de acuerdo con la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFFICI), dependiente del Ministerio Público Fiscal.

Las modalidades más frecuentes fueron fraudes en línea (63%), usurpación de identidad (13,5%) y acceso ilegítimo a cuentas (8,3%), según indica el informe enviado a la agencia Noticias Argentinas.

En este escenario, se señaló que 6 de cada 10 fraudes financieros comienzan con el robo de credenciales o la suplantación de identidad, lo que convierte a la autenticación en tiempo real en el nuevo perímetro de seguridad para la banca digital.

Los métodos tradicionales, basados en contraseñas y validaciones estáticas, ya no resultan suficientes frente a la sofisticación de los ataques actuales.

“La identidad digital se volvió el corazón de la relación entre bancos y clientes. Cada vez que un usuario ingresa a su aplicación o realiza una transferencia, la organización necesita estar 100% segura de que es realmente él. Esa validación continua es la que permite proteger al banco del fraude y al usuario de perder su confianza en el sistema”, explicó Diego del Castillo, Director de Banca y Servicios Financieros de Snoop Consulting.

Los bancos que logren integrar seguridad y experiencia sin fricciones serán los que consoliden la confianza de sus clientes en el largo plazo. La identidad digital, remarcan los especialistas, no es solo una cuestión tecnológica: es la base de la relación entre las entidades financieras y sus usuarios en la era digital.

“Hoy, gracias a la inteligencia artificial, contamos con algoritmos y herramientas lo suficientemente avanzadas para reconocer a la persona en tiempo real, disminuyendo la fricción al momento del pago pero garantizando mayor seguridad y trazabilidad. Podés saber con más precisión que la persona que pagó fue realmente la que dijo ser”, concluyeron.

Fuente noticias arg

«Paraguay está torturando a mujeres en las cárceles»

8 - septiembre - 2025

El sacerdote en Opción por los Pobres forma parte de la Campaña Internacional en Solidaridad con la Familia Villalba, movilizada tras la detención de las hermanas Carmen y Laura Villalba y de Francisca Andino, acusadas de “terroristas” en medio de irregularidades procesales, en una causa en la que también se denuncia el asesinato de dos niñas argentinas de 11 años y la desparición forzada de una adolescente, hijas y sobrinas de las detenidas. 

Rodolfo Viano es hermano franciscano y Cura en Opción por las y los Pobres (COPP). En noviembre del 2023 se incorporó a la Campaña Internacional de Solidaridad con la Familia Villalba, un apellido que distintos gobiernos neoliberales de Paraguay impusieron en la opinión pública como sinónimo de “enemigo interno”, usando como argumento que algunos de sus integrantes participaron del reclamo y la lucha del campesinado por el derecho a la tierra, enfrentando al latifundio y al agronegocio con respaldo estatal. En entrevista con Página/12 el cura da cuenta de los resultados de informes oficiales constatados por él mismo en dos viajes recientes hasta el llamado “Centro de Reinserción Social” de Minga Guazú, a 20 kilómetros de Ciudad del Este, para visitar a tres mujeres privadas de libertad: Carmen y Laura Villalba (hermanas) y Francisca Andino.

 
 

-¿Por qué afirma que el gobierno de Paraguay está torturando mujeres? ¿En qué fundamenta su acusación?

-Existen tres informes públicos de un organismo del estado paraguayo, el “Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos y Degradantes” (en adelante MNP), creado por la Ley 4288/2011. Es mandato del MNP visitar sin ninguna restricción y acceder a toda información sobre las personas y los sitios de reclusión. Las autoridades competentes están obligadas a “prestar total colaboración y cumplir” con las propuestas y recomendaciones del MNP. Por eso entiendo que el espíritu de la Ley 4288 impulsa mucho más que “propuestas” y “recomendaciones”, que hoy no se cumplen.

Volviendo a los informes: Uno es de “intervención” nº 8/2024 y dos de “monitoreo” nº 17/2025 y nº 29/2025, acerca de lo que la Comisión del MNP constató en octubre pasado y en febrero de este año, en la vida cotidiana dentro del Régimen de Máxima Seguridad, en el penal de Minga Guazú. Y es lo que yo también en gran medida verifiqué en dos viajes recientes.

Protesta de la Campaña Internacional en Solidaridad con la Familia Villalba. Imagen: Lara Greco. 
 
 

-¿Quiénes son estas mujeres detenidas y por qué fueron privadas de la libertad?

-Ellas son Carmen y Laura Villalba, y Francisca Andino, maltratadas allí desde el 12 de octubre del 2024. Carmen y Francisca fueron trasladadas de modo intempestivo y sin fundamento desde el Penal -para mujeres- del Buen Pastor, de Asunción, donde cumplían su condena firme desde mediados de la primera década de los 2000. A Laura, condenada en primera instancia en agosto del 2024, la llevaron desde el Penal de San Juan Bautista de las Misiones. Cada una de ellas fue condenada a más de 30 años de encierro y calificadas como “terroristas” en medio de irregularidades procesales al ser implicadas en acciones de resistencia a la voracidad terrateniente con apoyo estatal. 

 

Laura Villalba fue testigo del asesinato de su hijita María Carmen y de su sobrina Lilian, ambas argentinas de 11 años, y de la desaparición forzada de la adolescente Lichita (hija de Carmen), el 2 de setiembre y el 30 de noviembre del 2020, por parte de las Fuerzas de Tarea Conjunta del estado paraguayo. La muerte de las nenas fue celebrada por el entonces presidente paraguayo Abdo Benítez como triunfo contra la guerrilla.

-¿Cuál es el fundamento para aplicarles el régimen especial de máxima seguridad? ¿Es verdad que están alojadas en un penal de varones?

-El informe n° 29 del 2 de junio pasado se refiere a que se trata de mujeres que no han querido someterse a un modelo femenino hegemónico. El sistema penal las castiga por “liderar, reclamar, resistir, organizarse o expresar disenso”, no fueron trasladadas a ese penal de varones “por hechos objetivos, sino en la percepción subjetiva de insubordinación o desobediencia”, que “desafían la autoridad y deben ser contenidas o corregidas”.

Reclamo frente a la embajada de Paraguay en Buenos Aires. Imagen: Imagen: Lara Greco.
 
 

-¿Qué dicen los informes del MNP sobre el régimen especial?

-Dan cuenta del ensañamiento y del trato cruel hacia estas mujeres. Esto involucra tanto al Ministerio de Justicia como al personal penitenciario local. Se llega al punto de privarlas del derecho al agua potable. Cuando la reclaman, son catalogadas como “mombú” (conflictivas) y castigadas por ese motivo. Ningún grupo de guardia les garantiza el derecho humano de los dos litros diarios.

Se consigna que “el hallazgo más grave es la existencia de un régimen de aislamiento permanente y confinamiento en solitario, reglamentado por la Resolución 170/2024 del Ministerio de Justicia. El conjunto de las mujeres allí encerradas -otro tanto sucede con los varones en sus módulos- permanecen en celdas individuales reducidas, sin ventilación ni privacidad sanitaria, sin contacto directo con personas, durante un mínimo de 22 horas diarias”. Las dos horas restantes son para que, esposadas y encapuchadas, sufran adicionalmente el “sin-derecho a la recreación” en el “gallinero”, salida al sol, sin sombra, bancos ni vegetación, “horno” gran parte del año por las altas temperaturas.

 

-¿Qué dicen sobre su alimentación, las visitas y su rutina diaria?

-La alimentación, escasa y de muy mala calidad nutricional, la reciben en el piso de sus celdas y la comen en medio de los olores fétidos de sus letrinas. La comunicación y visita familiar son escasas, bajo estricta vigilancia, sin privacidad. Tampoco se respeta el derecho a la legítima defensa cuando sus abogados las visitan en medio de restricciones y violandoles la confidencialidad. No hay rutina de trabajo ni estudio, excepto la que ellas mismas se proponen con gimnasia y lecturas.

Imagen: Lara Greco.
 
 

-¿Qué constataron respecto de la salud de las mujeres?

-Al tratarse de personas privadas de libertad, el Estado es responsable de garantizar su derecho a la salud con atención médica, agua potable y una dieta alimentaria que preserve su salud y dignidad, y ajustada a las necesidades específicas de las personas con requerimientos especiales por enfermedades de base. El MNP observa que nada de eso está garantizado. Eso también es tortura. Además el 22 de julio el MNP solicitó públicamente declarar la emergencia sanitaria nacional en todos los centros penitenciarios, a raíz del aumento de casos de tuberculosis, con el impacto más severo en mujeres, personas indígenas, adultas mayores y personas LGTBIQ+ por las condiciones de vida insalubres y degradantes, de exclusión y discriminación.

 

-¿Hay conclusiones en los informes?

-Sí. Concluyen que se trata de un “régimen de encierro extremo que, según los estándares internacionales, cumple con las condiciones para ser calificado como tortura”, también desde una perspectiva de género e interseccional, y en seria contradicción con el marco jurídico nacional, en particular con el Código de Ejecución Penal, la Constitución Nacional y los Sistemas Internacional e Interamericano de Derechos Humanos. Por eso hay “recomendaciones” al Ministerio de Justicia y a las autoridades locales: abandonar urgentemente los tratos crueles y degradantes, y modificar el inhumano Reglamento 170.

-¿Usted pudo visitarlas?

 

-Pude entrar el 26 de marzo pasado para visitar a Carmen, Laura y Francisca, bajo estricta seguridad. Estuve una hora aproximadamente con cada una. Me chocó cómo fueron conducidas al locutorio con capucha y esposas, por el personal penitenciario armado también encapuchado y sin identificación visible. Es el mismo personal que, según el MNP, puede usar gas pimienta en los pabellones, sin autorización institucional formal.

-¿Qué pudo apreciar en esa visita?

-Me admiró la integridad y salud mental que aún conservaban las tres después de medio año de tortura. También me parecieron muy razonables sus pedidos: libros y que no se los rompan en las requisas, y -lo que sigue es para igualar sus condiciones a las de los varones reclusos- mejor provisión diaria de agua potable, elementos de limpieza en su celda -no tener que pedirlos vez por vez-, entrega de la totalidad de los alimentos y elementos de higiene personal que la Campaña de Solidaridad, con mucho esfuerzo, deposita a cada una en tiempo y forma. Al terminar la visita, pedí hablar con el entonces director Julio César Careaga, quien a regañadientes reconoció irregularidades y el mal resultado de este tipo de encierro, pero insistiendo en que ellas debieran “colaborar”.

 

-¿Qué pasó después?

-El 1° de mayo hubo un control rutinario celda por celda, que se hace varias veces al día. En todos los casos las detenidas deben salir esposadas y encapuchadas, sin poder observar el procedimiento y corriendo el riesgo de que algún/a funcionario/a le “plante” algo que las perjudique. En esa ocasión obligaron a Laura y a Carmen a abrir sus piernas y ante la negativa, las forzaron y manosearon. Por esa “falta de colaboración”, “resistencia a la autoridad” (¡sic!), las castigaron con prohibición de visitas por un mes, sin que su abogado haya podido acceder aún al registro escrito de esa sanción. 

A partir de ese momento, la nueva dirección del penal esgrimió las restricciones a comunicación y visita que impone la Resolución 170/2024, que, sin embargo, contempla la autorización a un ministro eclesiástico. Pasado más de un mes de ese castigo arbitrario, pedí ser agendado para volver a visitarlas. Habiendo llegado al portón a primera hora del 26 de junio, no fui autorizado. El actual director del penal, Jesús Pérez, quiso explicarme los motivos, pero entendí que la razón de fondo es modificar arbitrariamente las formalidades para impedir comunicaciones y visitas.

 

-¿Qué otras gestiones están en marcha?

-Desde marzo, con Elsa Oshiro, copresidenta del Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos -última en visitarlas a mediados de abril- hemos intentado sensibilizar al obispo Pedro Cuellar Noguera de Ciudad del Este, al arzobispo cardenal Adalberto Martínez Flores de Asunción, y al sacerdote Ecar Rolón, capellán del sector de cárcel común de Minga Guazú, para que sigan tomando nota de este aberrante y cruel hostigamiento, y para que intervengan, motivados por este Año Jubilar de la Esperanza. En su convocatoria el Papa Francisco pedía especialmente a los pastores: “reclamar con valentía condiciones dignas y respeto de los derechos humanos de las y los reclusos”.

-¿Hay novedades?

 

-Sí, nada buenas. Desde mediados de abril no han permitido más visitas. Y, a mediados de julio, el gobierno paraguayo concretó traslados masivos de unas 500 personas privadas de libertad, desde cárceles comunes hacia Minga Guazú. En un mensaje público, el MNP observó traslados “que pueden calificarse como inhumanos y degradantes, con faltas evidentes al pleno respeto a las garantías constitucionales y a los derechos humanos”. Casi en simultáneo trasladaron -con similares tratos- a las mujeres torturadas allí al penal Martín Mendoza de Emboscada (departamento Cordillera, a unos 30 kilómetros de Asunción), donde se les está aplicando «máxima y alta» seguridad. Esto es… ¡profundización de la tortura!

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Prisión perpetua por abusar y matar a su ex hijastra

8 - septiembre - 2025

Condenaron a Leonardo Romero por violar y matar a Milagros Geraldina Reyes, su ex hijastra de 16 años. El femicida y la madre de la joven habían finalizado su relación cuando ellá descubrió que él tenía fotos íntimas de su hija.

Leonardo Dante Romero, el femicida de su ex hijastra Milagros Geraldina Reyes, fue condenado a prisión perpetua por la Cámara Undécima del Crimen de la provincia de Córdoba. El femicidio de la joven de 16 años había ocurrido el 21 de noviembre de 2023 en el barrio Villa Monjas Sierra, en la ciudad de Córdoba.

La investigación del hecho por parte de la fiscalía de violencia de género descubrió la sucesión de hechos que finalizaron con el asesinato de la adolescente y reveló que Romero había sido la pareja de la madre de Milagros Reyes hasta un año antes del fatal desenlace

 

Esa ruptura justamente tuvo lugar en 2022 cuando la mujer descubrió que el ahora sentenciado a prisión perpetua coleccionaba fotos íntimas de su hija Milagros en su celular. El final de la pareja tuvo de por medio una denuncia y una orden de restricción de acercamiento, aunque Romero no respetó la medida judicial.

 

El femicidio

El 21 de noviembre de 2023 la madre de Milagros estaba en una clínica con los hijos mellizos que tuvo con Romero, quienes debían ser operados. En esa circunstancia el hombre ingresó al domicilio de su ex pareja y atacó a Milagros, que se encontraba acompañada por su hijo de un año y por un hermano menor que dormía.

De acuerdo con las pruebas y testimonios obtenidos durante el juicio, Romero violó a Milagros y la apuñaló más de 25 veces. El cuerpo sin vida de la joven fue descubierto al instante por el hermano, de solo 12 años, que la encontró asesinada en su cama. En el devenir del proceso judicial el niño se convirtió en un testigo clave.

 

Gracias a las evidencias forenses y los testimonios recabados durante las investigaciones, sumado a la cronología de los hechos, todas las acusaciones apuntaron a Romero, quien fue rápidamente imputado y detenido como el principal sospechoso por el femicidio.

El femicida fue visto por los vecinos del barrio ingresando al domicilio de su ex pareja y la pericia médica encontró su ADN en los genitales de la víctima de femicidio. Además, con la detención de Romero, se secuestró ropa en su domicilio que tenía manchas de sangre y que los estudios comprobaron que era de Milagros Geraldina Reyes.

Además se sumaron pruebas del contexto de violencia contra la madre, del acoso previo a la joven y las pericias psicológicas a las que debió someterse Romero, las cuales arrojaron que tiene un carácter manipulador, que desprecia a las mujeres y que las trata como objetos.

 

El veredicto final

Finalmente el agresor fue sentenciado a cadena perpetua por decisión unánime del tribunal compuesto por Gabriela Rojas Moresi, Horacio Carranza y Susana Frascaroli, y del jurado popular integrado por 8 personas. Romero fue encontrado culpable de ocho delitos, entre los que se encuetran las amenazas en contexto de violencia de género contra la madre de Milagros, el abuso sexual con acceso carnal en concurso real y el homicidio calificado por violencia de género y criminis causa

Esta última consideración complejizó aún más la situación judicial del femicida, debido a que el jurado entendió que el asesinato tenía el objetivo de encubrir el anterior delito de abuso sexual. Dicha calificación legal fue elevada por Gonzalo Berrotarán, integrante de la Fiscalía de Violencia Familiar y de Género. Luego de la sentencia la madre de la joven consideró que su hija «puede descansar en paz» y que tiene el consuelo de que «esta persona está cumpliendo con su condena para que este caso no sea uno más de de tantos casos«.

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Paloma y Josué: declarará otro vecino que sufrió un supuesto robo cerca de donde aparecieron los cuerpos

8 - septiembre - 2025

A más de siete meses, el caso sigue sin detenidos.

Otro vecino que habría sido víctima de un robo en las inmediaciones donde se encontraron los cuerpos de Paloma Gallardo y Josué Salvatierra declarará en el caso que investiga los crímenes de los adolescentes.

Aníbal Osorio, abogado de la madre de Paloma, dialogó con la agencia Noticias Argentinas y sostuvo que se trata del segundo testigo que comparecerá ante el fiscal Darío Provisionato sobre el presunto hecho de inseguridad ocurrido el 29 de enero, un día antes de las desapariciones.

«Ya lo tenemos individualizado y estamos coordinando para que pueda acercarse a la fiscalía», remarcó el representante legal de Alicia Pita.

El letrado explicó que «el joven regresaba de su trabajo cuando fue interceptado por dos hombres en la misma zona», cuyas características coinciden con los sospechosos que frecuentaban la zona.

“En dicha oportunidad, los sujetos les sustrajeron una bicicleta y, cuando los damnificados intentaron recuperarla, uno de los atacantes les arrojó una piedra de gran tamaño”, agregó Osorio.

Para el querellante, «es una línea de investigación», sobre la cual se debe avanzar a fin de constatar o descartar «por qué nos llama la atención el mismo modus operandi» de los presuntos delincuentes: «Esto permite advertir un patrón reiterado de conducta ilícita».

El otro vecino declaró, luego se inició una causa penal, pero fue archivada porque no se identificaron a los supuestos atacantes.

«Esta circunstancia no puede pasar inadvertida, ya que se vincula con la hipótesis de que se trata de los mismos sujetos que operaban en la zona y que siguieron idéntico esquema de agresión», señaló el ex letrado del pastor Omar Gallardo -padre de Paloma-.

Sin embargo, restan conocerse los resultados de la pericia al celular incautado en el galpón lindero al descampado donde se encontraron los cadáveres y también se aguarda la conclusión de un peritaje informático.

El inmueble era destinado al depósito de camiones en desuso y allí funcionaba una sede religiosa.

A más de siete meses del doble homicidio, el caso sigue sin detenidos y el descubrimiento de la verdad parece estar cada vez más lejos.

El 30 de enero, los jóvenes desaparecieron cuando presuntamente se dirigían a un gimnasio y los cuerpos fueron hallados 48 horas después en un terreno cercano en la localidad de Bosques.

El informe forense reveló que la adolescente de 16 años falleció a causa de una “lesión cerebral” provocada por una “fractura de cráneo” y un “traumatismo encéfalo craneal grave”, mientras que el menor de 14 murió como consecuencia de una “hemorragia cerebral”, también con “fractura de cráneo” y “traumatismo encéfalo craneal grave”.

La causa se encuentra caratulada como homicidio criminis causa (matar para cubrir otro delito).

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Luna de Sangre: ¿dónde se podrá ver y a qué hora?

8 - septiembre - 2025

Se trata de un eclipse lunar total durante el cual la Luna tomará un color rojo intenso en un evento que será visible en desde varios continentes.

Un eclipse total lunar conocido como Luna de Sangre ocurrirá este domingo y este evento será visible en su totalidad desde el este de África, Asia y Australia, mientras que otras regiones podrán apreciarlo de manera parcial.

Según la NASA, este fenómeno ocurrirá entre las 14:30 y 15:52 hora de Argentina, durante el cual la Luna tomará un color rojizo intenso, aunque el mismo no será visible en el continente americano, mientras que en regiones de Europa y partes de Oceanía, será posible observarlo parcialmente.

Durante el eclipse, la Luna se sumergirá completamente en la sombra de la Tierra, oscureciéndose y adquiriendo un color rojo oscuro, fenómeno que ocurre porque la atmósfera terrestre dispersa la luz azul y permite que la luz roja llegue a la superficie lunar.

En tanto, la NASA recomienda buscar un lugar con buena visibilidad del horizonte y cielos despejados para poder apreciarlo y, si bien se puede ver a simple vista, la experiencia puede enriquecerse con binoculares o telescopios.

Los tipos de eclipse lunar y su duración

Hay tres tipos de eclipses lunares, lo que dependerá del nivel de ocultación de la luz que proyecte el otro astro. Un eclipse penumbral sucede cuando la Luna pasa por las afueras de la sombra que da la Tierra, también conocida como la penumbra y es un tipo de eclipse que apenas se percibe desde la Tierra.

En tanto, un eclipse lunar parcial es más perceptible que el penumbral, ya que, la Luna pasa por el centro de la sombra de la Tierra sin llegar a oscurecerse por completo, sino que solo lo hará en un lado, llegando a ubicarse en la umbra, la parte de la Tierra que está completamente oscurecida por la Luna durante el eclipse.

Por último, está el eclipse lunar total que es el que ocurre cuando toda la Luna se oscurece desde su visibilidad en la Tierra y es en este tipo de eclipse cuando la Luna se torna de un color rojizo, lo que a veces se denominar Luna de Sang’ o Luna Roj’.

Los eclipses lunares pueden observarse durante horas y desde cualquier punto de la Tierra, aunque dependiendo del lugar en el que se encuentre el observador podrá verlo durante más o menos tiempo. Esto se debe a que en cada parte de la Tierra anochece y amanece a una hora distinta, por lo que su visibilidad dependerá del tiempo que coincida la noche con el eclipse.

Su duración aproximada oscila entre 30 minutos y 6 horas. En su fase total, aquella en la que la sombra de la Tierra cubre por completo la Luna, puede extenderse hasta 107 minutos. El tamaño de la Tierra, mucho mayor que el de la Luna, influye en que este fenómeno se alargue durante tantas horas.

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Fueron a votar y quedaron detenidos: cayeron prófugos por abuso sexual y secuestro en Tigre y Quilmes

8 - septiembre - 2025

Varios prófugos de la justicia fueron detenidos este domingo cuando votaban. En Tigre cayó uno por abusar de su hija y en Quilmes dos por secuestro y abuso.

La jornada electoral de este domingo en la provincia de Buenos Aires se convirtió en una «ratonera» para varios prófugos de la Justicia. En operativos coordinados, la Policía Bonaerense detuvo al menos a tres hombres buscados por graves delitos, incluidos abuso sexual agravado y privación ilegítima de la libertad, cuando se presentaron a votar en Tigre y Quilmes.

Los agentes de la DDI de Quilmes y del GTO de Tigre contaban con los oficios judiciales y la información electoral de los buscados. Según supo Noticias Argentinas, la policía montó operativos encubiertos en las escuelas, esperando el momento del sufragio para no interrumpir el comicio y asegurar la detención sin poner en riesgo a otros votantes.

Los casos de Tigre y Quilmes

En General Pacheco (Tigre), personal policial detuvo en el Colegio N° 14 (mesa 537) a A. R. D., quien tenía un pedido de captura activa por «abuso sexual agravado por el vínculo y guarda». Según el parte policial, la víctima del prófugo es su propia hija menor de edad. Interviene la UFI de Abuso Sexual de Tigre.

En Quilmes, la DDI local concretó dos detenciones clave este mediodía:

  • En la Escuela EP N° 35 (calle Craviotto), fue detenido L. M. A. (38), quien estaba buscado por «privación ilegítima de la libertad» (secuestro), a pedido del Juzgado de Garantías 6 de Florencio Varela.
  • En la Escuela EP 2 (calle 806), cayó D. D. J. (38), imputado por «abuso sexual agravado», a solicitud del Juzgado de Garantías 2 de Quilmes.

Estos casos se suman al ocurrido esta mañana en Isidro Casanova (La Matanza), donde otro hombre (O. B. D., 54) que también estaba prófugo por abuso sexual fue detenido por la DDI local al ingresar a la escuela para votar.

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Caso León Aquino: declararon culpables a la madre y a su pareja por el homicidio del bebé

5 - septiembre - 2025

La parte acusatoria sostuvo que los condenados actuaron con ensañamiento, alevosía y premeditación, lo que agravó la calificación del crimen.

El Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Quilmes condenó este jueves a Yésica del Carmen Aquino y a Roberto Carlos Fernández, madre y padrastro del menor, por el homicidio de León Aquino, el bebé de 18 meses que murió tras sufrir graves maltratos en 2021.

Los jueces Cecilia Maffei, Fernando Celesia y Julia Rutigliano anunciaron un fallo unánime y darán a conocer los fundamentos y el monto de la pena el próximo 15 de septiembre.

León llegó al hospital El Cruce de Florencio Varela el 19 de septiembre de 2021 con múltiples hematomas, mordeduras y una aguja oxidada clavada en la espalda, que los médicos aseguraron pudo haber provocado un cuadro de septicemia.

La fiscal María de los Ángeles Attarian Mena detalló que el bebé fue víctima de torturas constantes, mientras sus seis hermanos también sufrían malos tratos en la vivienda.

Durante el juicio, se incorporaron testimonios de familiares y de dos hermanos mediante el sistema de cámara Gesell. Uno de ellos, de 12 años, no logró declarar por un bloqueo emocional, aunque dejó un dibujo que reflejaba la violencia sufrida por León.

La parte acusatoria sostuvo que los condenados actuaron con ensañamiento, alevosía y premeditación, lo que agravó la calificación del crimen.

La audiencia comenzó a las 12 en los tribunales de Quilmes y, aunque ninguno de los acusados estuvo presente, la resolución judicial reflejó el trabajo de la fiscalía y de los peritos forenses que documentaron las lesiones y la historia de violencia que sufrió el menor.

Finalmente, desde el entorno del niño exigieron que “la muerte de León no quede impune” y reclamaron justicia plena para los responsables.

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Caso Neonatal: aceptaron los recursos de Casación interpuestos por la defensa de la enfermera Brenda Agüero

5 - septiembre - 2025

El Tribunal Superior de Justicia deberá pronunciarse sobre las presentaciones del abogado Gustavo Nievas.

Los abogados de Agüero argumentaron que la sentencia debe ser declarada nula por considerar que “no se han observado la aplicación de las reglas de la sana critica racional, ni el principio lógico de razón suficiente, deviniendo la misma en arbitraria y lesionando, de tal manera, derechos de jerarquía constitucional y convencional, como el principio de inocencia, derecho a una sentencia fundada y el derecho de defensa, -entre otros- como elementos esenciales del debido proceso”.

A su vez, señalaron que Melina Abril Soria, en la audiencia de selección de jurados, había ocultado información relevante con el objetivo de no ser deseleccionada porque tenía un evidente interés en el proceso, ya que conocía a una de las imputadas, la cual luego fue absuelta.

También, incorporaron las “deficiencias graves” en la valoración de la prueba, el escenario de los hechos en el juicio, y la “ausencia de certeza” sobre la participación de la enfermera en los casos investigados.

Respecto al material presentado en el debate, los abogados enfatizaron que no existe una “prueba directa” que vincule a Agüero con los hechos que se investigan ya que “nadie la vio colocar una inyección a ningún bebe”.

Además, sostienen que los análisis son insuficientes, debido a que la pericia psicológica “presenta inconsistencias metodológicas y conclusiones que exceden su soporte empírico”.

Se suma que la evidencia toxicológica “es parcial y discutible” y que las pruebas forenses de apoyo son “débiles o inconsistentes”.

También las contradicciones y problemas de fiabilidad en los testimonios y por último la crítica en profundidad de la evaluación psicológica pericial practicada a la acusada.}

fuente noticias arg

Imputaron a dos hombres por la muerte de una turista en El Bolsón

5 - septiembre - 2025

Están acusados de homicidio culposo por el accidente en el que falleció la mujer durante una excursión en 2024.

La Fiscalía descentralizada de El Bolsón formuló hoy cargos a dos hombres por el delito de homicidio culposo de Mónica Trejo, quien había llegado desde Buenos Aires a la zona andina, y perdió la vida durante una excursión de rafting en noviembre de 2024.

El hecho tuvo lugar en el tramo comprendido entre el sector “Steffen” y “La Pasarela de Carro”, en el paraje rionegrino Río Villegas de El Manso.

Los imputados son el propietario de la empresa de rafting Cohuin-Co y el conductor de una de las balsas utilizadas ese día, ambos acusados de homicidio culposo.

Según la acusación fiscal, el titular de la empresa habría incumplido las disposiciones de la Administración de Parques Nacionales, que lo inhabilitaba desde el 30 de abril de 2024 para realizar esta actividad (disposición N° 463/2021 y resoluciones 240/11, 296/2016 y disposición 564/2018 que aprueba el protocolo de seguridad y emergencia). Pese a esta inhabilitación, seguía continuado ofreciendo los servicios a través de redes sociales.

El 19 de noviembre de 2024, la mujer y dos amigas contrataron la excursión que las trasladó desde Bariloche al parador de la empresa, equipadas y distribuidas en tres balsas.

La víctima subió a una embarcación conducida por el segundo imputado. Al finalizar el recorrido, en cercanías del sector conocido como “Familia Lanfré”, la balsa impactó contra un sauce porque el conductor no efectuó la maniobra táctica correspondiente, ni dio indicaciones claras a los pasajeros. Como consecuencia, la embarcación perdió estabilidad y todos cayeron al agua.

Trejo fue rescatada, pero una vez en la costa manifestó dificultades para respirar, se descompensó y posteriormente falleció. La pericia forense determinó que la causa fue muerte súbita cardíaca, con colapso del sistema circulatorio.

La fiscalía señaló que la conducta del propietario al permitir la excursión, pese a su inhabilitación, y la impericia del guía al maniobrar la balsa provocaron un riesgo jurídicamente desaprobado. En consecuencia, ambos fueron imputados como coautores de homicidio culposo.

El sustento probatorio incluyó actas policiales, croquis ilustrativos, fotografías y videos del lugar del hecho y de la balsa utilizada, certificado médico de defunción, informes diversos acerca de certificaciones y cursos formativos habilitantes, documentación de Parques Nacionales, informes de Prefectura Naval Argentina, pericias forenses, estudios científicos y resultados de autopsia y, entre otros indicios, testimonios de los pasajeros y demás personas involucradas.

El propietario de la empresa hizo uso de la palabra y negó haber tenido documentación y habilitación vencida, aunque admitió demoras en la respuesta del trámite por parte de los organismos competentes. El instructor, en tanto, no declaró y su abogado tampoco se opuso a la formulación de cargos.

El Juez de Garantías que presidió esta audiencia tuvo por formulados los cargos y dispuso la apertura de la investigación penal preparatoria por el término de cuatro meses.

fuente noticias arg