1 - septiembre - 2023

Condenado a tres años de prisión por abuso de menor

Un hombre de 41 años, identificado como Guillermo Kaspar deberá cumplir la pena de 3 años de prisión en suspenso, hacerse cargo del tratamiento psicológico y firmar en la comisaría de Bariloche (donde reside actualmente), además de realizar cursos de violencia de género y abuso sexual tras ser condenado por la jueza Marcela Pérez Bogado como culpable del abuso simple (tocamientos)siendo víctima una menor (desde los 6 y hasta los 12 años) hija de una amiga domiciliada en Puerto Madryn.

Tal como se describe en la sentencia, los hechos ocurrieron entre los años 2008 y 2015, realizándole Kaspar tocamientos inadecuados en partes íntimas de la menor. Los hechos, “sucedían en reuniones sociales, asados en la casa de un amigo en común y una vez, siendo vísperas de Reyes entre los 9 y 10 años de la niña, el mencionado la encerró en el baño y la manoseó”, dice el texto.

El Ministerio Público Fiscal y la Defensa comunicaron al Tribunal haber llegado a un acuerdo para evitar la elevación a juicio. Esto implicó el reconocimiento de los sucesos por parte del imputado y la incorporación de pruebas por parte de la Fiscalía. A su vez –dice el fallo- “interrogado el imputado, admitió los hechos, como también la participación que le cupo y manifiesta su conformidad con la pena a imponer”.

La investigación del hecho surge de la denuncia efectuada en enero de 2021 cuando la niña le contó a su madre que un ex compañero suyo la tocaba las partes íntimas de su cuerpo diciéndole que era un juego, haciéndolo también con su pie debajo de la mesa.

El relato que se pudo obtener de la joven surgió luego de un proceso que le hizo resignificar (remarca la sentencia) lo sucedido en su correcta dimensión, ya que nunca lo había contado a nadie. Al ser entrevistada en la pericia de psicodiagnóstico, la profesional interviniente concluyó en que “muestra secuelas que le dejó este hecho traumático: baja autestima, asco, vergüenza y culpa, además de problemas en sus relaciones interpersonales”.

Pena

“Encuentro justo condenarlo a la pena de 3 años deprisión” dijo la magistrada citando previamente la Convención de Belem Do Pará, antes de la CEDAW, que establecen la violencia hacia la mujer como un acto de discriminación y conceptualizan los tipos de dicha violencia.

Para finalizar, se indica que “a todas luces se trata de un delito donde la violencia de género (como abuso sexual) está presente (art. 4 y 5.3. de la Ley 26485) y se lo condena a mantener el domicilio informado el cual no podrá mudar sin autorización del Tribunal, no cometer nuevos delitos, prohibición absoluta de la utilización de estupefacientesy del abuso de bebidas alcohólicas, dos presentaciones semestrales ante la Comisaría del lugar de residencia, la realización del Taller de Reflexión para varones que ejercieron Violencia, prohibición absoluta de acercamiento y contacto por cualquier medio a la menor y su madre, además del pago de dos sesiones mensuales de tratamiento psicológico”, concluyó. 

Fuente: Diario Jornada