Condenan a cuatro personas por narcomenudeo en Puerto Madryn
En juicios abreviados, la comerciante peruana María Elsa Limaco y el empleado textil boliviano Teófilo Guillermo Paco Rivera fueron condenados por comercio de estupefacientes a 4 años y 3 meses de prisión. Desde Buenos Aires proveyeron cocaína para su venta en Puerto Madryn.
En tanto, el constructor paraguayo Sandalio Escobar fue sentenciado a 3 años de prisión por confabulación en el comercio de estupefacientes, misma calificación jurídica que para el comerciante boliviano Isidro Marino Coro, sentenciado a 3 años y 8 meses de prisión. Ambos residen en la ciudad del Golfo.
Marino Coro, Limaco y Escobar estarán en prisión domiciliaria. Al fallo el 6 de mayo lo firmó la jueza Ana D´Alessio, del Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia.
La imputación original era que el grupo había vendido cocaína desde junio de 2023 al 5 octubre de 2024. Según esa primera acusación, desde Villa Celina y Buenos Aires, Paco Rivera y Limaco habían aprovisionando al resto para el narcomenudeo en Madryn. Usaban casas particulares, una ferretería e incluso por delivery con un Renault Sandero.
La causa había comenzado con una denuncia anónima contra Escobar en 2023. La Policía Federal de Madryn vigiló, identificó sus dos domicilios e intervino sus llamadas durante cuatro meses.
Aparecieron múltiples pactos encriptados para encontrarse con terceros y surgió su vinculación con su vecino Coro hablando de la llegada de estupefaciente desde Buenos Aires y de su calidad: conversaban sobre “tirantes” y “cemento”, pedían dinero, preguntaban si “podía pasar”. Eran respuestas simples ante pedidos imprecisos, reflejo que todos entendían sobre qué hablaban en realidad.
Coro se vinculó con Paco Rivera y Limaco para supuestamente conseguir sustancia -que nunca se nombraba-, referenciada como “carretilla”, “hay controles” o “nunca te fallo”, además de referencias a dólares y pesos. También charlaban sobre cantidades, calidades, precios, deudas, transportes y envíos de dinero.
Las vigilancias y seguimientos detectaron a los imputados encontrándose o yendoa lugares pactados para verse con alguien. A Rivera se lo vio en la terminal de ómnibus de Madryn recién llegado de Buenos Aires esperar hasta cuatro horas para encontrarse con Coro.
El 5 de octubre de 2024 hubo allanamientos simultáneos en La Más Linda, en Ciudad Evita y en Caballito.
En Madryn, aEscobar se le secuestró escasa droga en sus dos domicilios y nada a Coro. Por eso terminaron condenados por confabulación y no por comercio, delito del cual no hubo evidencia.
De las residencias de Limaco en Ciudad Evita se incautaron una balanza, un talonario de pagaré a nombre de Coro, pesos, dólares, cuadernos con anotaciones, siete celulares, más de 3 kilos de cocaína y una prensa hidráulica.
Del domicilio de Rivera en la misma Ciudad Evita incautaron diez paquetes encintados recubiertos con aceite con más de 2 kilos y medio de cocaína, dos balanzas de precisión y un cuaderno con anotaciones de cuentas, montos y pagos.
En la ciudad chubutense, a Coro le encontraron dos armas calibre 22, mucho efectivo y balanzas con restos de sustancia. Y a Escobar, algo de cocaína, dos balanzas de precisión y seis celulares.
El fallo concluyó que no hay evidencia de que Coro y Escobar hayan vendido cocaína en el Golfo pero sí “diálogos reveladores de la voluntad común de realizar acciones propias de comercio”. Los diálogos entre ambos “denotan ese conocimiento y acuerdo en común acerca de sustancias prohibidas, que motivan el uso encriptado del lenguaje”.
Quienes sí comerciaron fueron Limaco y Paco Rivera. “Ambos disponían de una cantidad sumamente importante de material estupefaciente, lo que de por sí genera convicción de una actividad lucrativa”.
Fuente: Jornada