Cuánto valdrá el metro cuadrado por vivienda

En el caso del Impuesto Inmobiliario, que grava los inmuebles situados en la ciudad y que, se estima, compone un 13,5 por ciento de la recaudación total del Municipio, el mismo acompañó los aumentos generales del Presupuesto 2017, que contempló una inflación del 44 por ciento, ubicándose en el orden del 50 al 56 por ciento.
En este sentido, el “Valor Unitario Básico de la Edificación por metro cuadrado”, que regirá desde el primero de enero de 2017, diferencia entre cuatro categorías; por un lado, la “Vivienda Unifamiliar”, cuyo metro cuadrado actualmente se ubica en los 496,8 pesos, pasará a valer 775 pesos, es decir, un 55,99 por ciento más.
A su vez, la “Vivienda Colectiva” pasará a costar, el metro cuadrado, de 372,60 pesos a 581,85 pesos; concretamente, con un 55,99 por ciento de aumento.
Para la “Vivienda Colectiva de Uso no Habitacional”, el metro cuadrado pasará de los 446,20 pesos a los 696,07 pesos, mientras que para las “Industrias”, dichos valores aumentarán de 331,20 pesos para 2016, a 516,67 a partir de enero, casi un 56 por ciento más.

La recaudación, atada al revalúo fiscal

En el documento difundido por el Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC), titulado “Desafíos y potencial del impuesto inmobiliario en la Argentina”, se hace referencia a este último y señala que “el impuesto a la propiedad es menos distorsivo, potencialmente más progresivo y menos procíclico que otros impuestos, además es capaz de generar más ingresos si se actualizan los catastros y las valuaciones fiscales, se aumenta el cumplimiento y se revisan las alícuotas”, agregando que “estas reformas ya fueron impulsadas en algunas provincias argentinas, pero, a pesar de esos esfuerzos, el impuesto representa una porción cada vez menor de los ingresos provinciales”.
Además, argumenta que “a mayor dependencia de las transferencias del gobierno federal, menores son los incentivos para recaudar a través de este impuesto” y que “con respecto a los actores relevantes, antes de empezar una reforma hay que tener en cuenta el equilibrio en la Legislatura, la cohesión del sector rural y las reglas fiscales con los municipios”, añadiendo que “es imprescindible diseñar una comunicación estratégica, para lo cual resulta útil elaborar mensajes que enfaticen la progresividad de la reforma”.
El relevamiento revela que “hay diversas restricciones para implementar las reformas y que algunas provincias incluso delegaron este impuesto a los municipios, pero también demuestra que no faltan aquellos que aún apuestan al potencial del impuesto inmobiliario provincial”.

Implica el 1,37% de la recaudación tributaria nacional

En lo relacionado al ámbito legislativo, el informe sostiene, en cuanto al derecho de cobrar impuestos a la propiedad, que la Constitución de 1994 establece que las potestades tributarias se distribuyen entre los tres niveles de gobierno, de modo que “el Gobierno Nacional tiene competencia exclusiva sobre los impuestos al comercio exterior, comparte el poder tributario con las provincias en materia de impuestos indirectos y tiene la facultad de aplicar contribuciones directas sólo por un período determinado cuando existan razones de urgencia en defensa, seguridad común y bien general del Estado”; “las provincias tienen facultades tributarias originales, autoridad fiscal sobre las contribuciones directas y poder concurrente con la Nación sobre los impuestos indirectos, pero no pueden ejercer las facultades delegadas a la Nación”; “los municipios no tienen ninguna autoridad fiscal pero desde 1994, cuando la Constitución reconoció la autonomía municipal, algunas provincias han introducido este cambio en sus propias constituciones y transferido algunas facultades fiscales”.
Por otra parte, expresa que, “actualmente, hay dos impuestos sobre la
propiedad recaudados por el gobierno nacional: el Impuesto a los Bienes Personales y el Impuesto a las Transferencias de Inmuebles, de mucha menor importancia”, y se remonta al ejemplo del año 2010, cuando “el gobierno nacional recaudó ARS 5147 millones, o USD 1225 millones, en concepto de Impuesto a los Bienes Personales, cuya base fiscal consiste no sólo de propiedades inmobiliarias, sino también de automóviles, barcos, bonos y dinero en efectivo, y recaudó ARS 539 millones (USD 128 millones) a través del Impuesto a las Transferencias de Inmuebles; aproximadamente el 40 por ciento del Impuesto a los Bienes Personales proviene de los activos inmobiliarios; esos dos ingresos equivalían a 1,37 por ciento de la recaudación tributaria nacional o 0,4 por ciento del PIB”.

El papel de los municipios

En dicho contexto, el informe del CIPPEC explica que “la autonomía para cobrar impuestos municipales ha avanzado a velocidades diferentes y el tipo de impuestos que cobran los municipios es muy heterogéneo”, añadiendo que “como cada provincia escribe su propia Constitución, tienen el derecho a decidir en qué términos organizan la autonomía municipal”.
Sobre esta línea, recuerda que “hasta ahora, seis provincias, Chaco, Chubut, Formosa, Salta, Santa Cruz y Tierra del Fuego han transferido el cobro de los impuestos inmobiliarios en las zonas urbanas a los municipios, manteniendo para sí mismas la recaudación del impuesto rural” y que “es cierto que, para los municipios, una de las más importantes fuentes de ingresos propios es la ‘Tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza’ o ABL, un tributo destinado a cubrir el costo de los servicios locales de alumbrado público y recolección de residuos; si bien técnicamente no es un impuesto sino una tasa por un servicio, la base para la determinación frecuentemente es el valor fiscal de la propiedad y utiliza la misma información catastral de la provincia”.
No obstante, “los ingresos municipales son insignificantes en los ingresos públicos totales consolidados”, sostiene el relevamiento, que se remonta al año 2000, “último año para el cual se tienen datos municipales agregados, donde los municipios recaudaron 3 por ciento de la recaudación total de impuestos, las provincias fueron responsables de 17 por ciento, mientras que el gobierno nacional recaudó la mayor parte, equivalente al 80 por ciento del total de los ingresos recaudación tributarios, y desgraciadamente, la falta de datos impide mostrar la importancia de este impuesto para los municipios”.

Sin “fórmulas mágicas”

También, el reporte menciona que “en muchas provincias, es necesario actualizar la valuación fiscal de las propiedades; como sugieren los estudios de caso, la valuación se encuentra generalmente muy por debajo del valor de mercado” y agrega que “la valuación fiscal tiende a ser una medida más estable que el valor de mercado, ya que
intenta ser una síntesis de información objetiva tanto sobre las cualidades de las propiedades como de su potencial económico”.
Por otro lado, reflexiona que “acercar los valores fiscales a los valores de mercado tiene el mayor potencial de aumento en la recaudación; no obstante, esta estrategia suele encontrar férrea oposición por parte de los contribuyentes, especialmente de sectores rurales bien organizados y representados en la legislatura y de intendentes de municipios que pueden verse impedidos de subir otros impuestos”, agregando que “además, la actualización de la base imponible sube el monto pagado a los gobiernos provinciales así como también a los impuestos correspondientes de la Nación (Bienes Personales) y de los municipios (usualmente ABL)”.
En contraposición, sugiere que “una manera interesante de evitar esta oposición es la que se usó en Córdoba, en donde se comprometieron parte de los recursos recaudados a la mejora de obras de infraestructura en zonas rurales; sin embargo este compromiso puede debilitar los incentivos del gobierno provincial para llevar a cabo la reforma” y concluyendo que “hay muchas maneras de aumentar la recaudación de este impuesto, pero no hay fórmulas mágicas; hay un ingrediente fundamental: la decisión política” y que “esto implica que se tenga en cuenta el costo de la reforma y las posibles reacciones de los medios, la legislatura, los intendentes y los sectores rurales, que han sido los factores de veto más contundentes en los intentos de reforma”.

Fuente: El diario de Madryn.