5 - noviembre - 2016

Bochornoso papelón del Sindicato de Peones de Taxis del Chubut

En menos de 24 horas, desde el Sindicato de Peones de Taxis del Chubut (Sipetach) anunciaron en conferencia de prensa que su secretario general, Gustavo “Gallo” Hernández, había sido desplazado del cargo, y más tarde, se desdijeron indicando que el detenido acusado de abuso sexual de una menor de edad continuaba formando parte de la Comisión Directiva.
El jueves por la mañana, el sindicato había presentado a Cristian González como nuevo Secretario General, tras una “reestructuración” realizada luego de la “situación” ocurrida con el “compañero” Hernández, quien se encuentra en prisión preventiva tras haber sido acusado de abusar sexualmente a una menor de trece años, en un hecho ocurrido el pasado mes de julio y denunciado en agosto.
Horas después de concluida la conferencia, la controversia surgió luego de que varios medios informaran que Hernández había sido “echado” y “desplazado” del Sipetach, algo dado a entender por quienes habían descripto la situación actual del gremio, tras la detención de su anterior representante General en la Provincia.

Jefe sindical tras las rejas

El 12 de agosto, Gustavo Hernández, titular del gremio de peones de taxis en la Provincia, fue detenido en su domicilio por orden de la jueza en lo penal Marcela Pérez, acusado de “abuso sexual con acceso carnal” a una menor de 13 años, en un hecho que habría ocurrido, según trascendió, en el mes de junio pero que meses más tarde sería denunciado por parte de la familia de la jovencita.
El sindicalista fue también imputado de “grooming” y, en una audiencia celebrada en los Tribunales de Puerto Madryn en el mes de octubre, la Justicia dictaminó que continúe en prisión preventiva mientras se desarrolla el curso de la investigación.
Según informó el Ministerio Público Fiscal, “el hecho ocurrió hace dos meses, cuando a bordo de un taxi (el acusado) la llevó a un descampado donde abusó de ella, según la denuncia”.
Además, los fiscales “(Daniel) Báez y (Jorge) Bugueño informaron que se formalizó la Cámara Gesell realizada a la menor, la cual sostuvieron que fue ‘contundente’” y “también se basaron en los informes médicos; en la audiencia, además, adelantaron que pedirán la acusación para elevar el caso a juicio oral y público”, informaron el mes pasado.
La causa abrió una conjetura de carácter público en el que debió interceder, incluso, el propio gobernador de la Provincia, Mario Das Neves, y a partir de una serie de debates en el ámbito judicial, se determinó que los fueros sean declarados inconstitucionales para “delitos comunes” en el caso de sindicalistas.

Se colgaron del saco de Buzzi

La defensa de Hernández, a cargo de los abogados Carlos del Mármol y Gustavo Castro, había realizado realizó un planteo de fueros basándose en el conocido “fallo Buzzi”, pero finalmente fue rechazado por el Superior Tribunal de Justicia, que además declaró la inconstitucionalidad del artículo 248 de la Constitución Provincial.
En su voto, los ministros Jorge Pfleger, Marcelo Guinle, Alejandro Panizzi, Mario Vivas, Daniel Rebagliati Russel y Miguel Donnet resolvieron, por unanimidad, confirmar el estado de privación de libertad y rechazar la acción de Habeas Corpus deducida en beneficio del entonces Secretario General del Sipetach, confirmando la sentencia emitida por la Cámara Penal, que había ratificado previamente el fallo de primera instancia de la jueza Marcela Pérez.
Por mayoría, el máximo órgano judicial del Chubut declaró la inconstitucionalidad del artículo 248 de la Constitución de la Provincia, el cual refiere que “los dirigentes de sindicatos y organizaciones gremiales legítimamente constituidos, gozan de completa inmunidad en sus personas y en sus domicilios desde el día de su elección o nombramiento hasta el día de su cese y no pueden ser detenidos por ninguna autoridad, salvo el caso de ser sorprendidos in fraganti en la ejecución de un delito con pena privativa de su libertad”.

Afuera, pero adentro

Transcurrida la conferencia de prensa, en la que los representantes del gremio de los taxistas habían asegurado que Gustavo Hernández es, al día de hoy, “un afiliado más”, trascendió, por parte de una comunicación de uno de los secretarios del sindicato, Jonathan Wunderlich, con un periodista local, que el máximo representante del Sipetach en la Provincia, continúa formando parte de la Comisión, evidenciando una estrategia por parte de dicho espacio para minimizar el impacto público que la grave acusación que pesa sobre el otrora Secretario General, pero manteniéndolo dentro de la “mesa chica”.
“Hernández todavía pertenece a la Comisión”, aseguró Wunderlich, afirmación que se contradice con lo previamente enunciado por quien fuera designado nuevo Secretario General, Cristian González.
El nuevo titular pertenece a la ciudad de Rawson, no obstante ello la sede del Sindicato continuará siendo la de Puerto Madryn, sobre la calle 9 de Julio.
Consecuentemente y a raíz de los dichos y desmentidas del propio sindicato, el “Gallo”, quien formaba parte de la dirigencia de manera activa, en un gremio adherido a la Confederación General del Trabajo (CGT), continúa perteneciendo a la Comisión Directiva.
Meses atrás, cuando Hernández fue detenido por las autoridades y se le formuló la grave acusación, desde el Sindicato habían emitido una nota en la que señalaban que “teniendo en cuenta lo dispuesto por el Artículo 248 de la Constitución de la Provincia del Chubut, debe establecerse la libertad de nuestro compañero, ya que no encontramos motivo alguno para el desafuero”, agregando que desde dicho gremio se encontraban a la espera “de que se conceda de forma inmediata la libertad de nuestro compañero, todo ello teniendo en cuenta la normativa vigente”.
A pesar de ello, en la reciente conferencia de prensa, representantes del Sipetach afirmaron que “somos seres humanos, todos tenemos nuestras equivocaciones, pero no por eso vamos a involucrar a un sindicato ni a nadie que no tenga algo que ver, todos somos taxistas y no todos cometemos errores y cada uno deberá pagar por lo que ha hecho”; veinticuatro horas más tarde, se conocería que el sindicalista detenido y sobre el cual pesan graves cargos, no fue desplazado ni tampoco es “un afiliado más”, sino que, por el contrario, continúa dentro de la Comisión Directiva del espacio, por lo que no se sabe, a ciencia cierta, por qué motivo no fue apartado de la mesa de conducción y qué papel jugará el nuevo Secretario General, con asiento en Rawson.

Mientras tanto, la Ley

El artículo 131 del Código Penal argentino pena con prisión de seis meses a cuatro años al que “por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”, figura conocida como “grooming”.
En el caso de Gustavo Hernández, los fiscales lo imputaron, además, de “abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de un menor de 13 años”, delito que prevé un mínimo de pena de seis años de cárcel, en caso de ser hallado culpable.
Por otra parte, el artículo 248 de la Constitución Provincial, declarado “inconstitucional” por el Superior Tribunal de Justicia y que echó por tierra la estrategia defensiva inicial del sindicalista, indica que “los legisladores, los magistrados del Poder Judicial, el Procurador General, el Defensor General, los fiscales y defensores, los ministros del Poder Ejecutivo, los miembros electivos de los municipios, los dirigentes y representantes de sindicatos y organizaciones gremiales legítimamente constituidos gozan de completa inmunidad en sus personas y en sus domicilios desde el día su elección o nombramiento hasta el día de su cese y no pueden ser detenidos por ninguna autoridad, salvo el caso de ser sorprendidos in fraganti en la ejecución de un delito con pena privativa de la libertad”, agregando que “la detención se comunica con la información sumaria correspondiente dentro del término de dos horas”, ello en primer lugar “tratándose de legislador o funcionario sometido a juicio político, a la Legislatura”, en segundo lugar, “en los casos de jueces y otros magistrados, al Tribunal de Enjuiciamiento”, en tercero “si se trata de miembros electivos de municipios, al cuerpo deliberativo respectivo”, en cuarto lugar “si son dirigentes o representantes gremiales, a la entidad de su representación”, como era (o es) el caso de Hernández.
“En los casos de los incisos 1 y 2 el cuerpo dispone la libertad y allana los fueros del detenido”, señala el artículo, añadiendo que “en los casos de los incisos 3 y 4 el cuerpo o la entidad correspondiente, aconsejan la libertad o disponen su desafuero”, concluyendo que “en todos estos supuestos se consideran los antecedentes de cada uno sin perjuicio del funcionamiento del habeas corpus”.

Fuente: El diario de Madryn.